En la mañana del 28 de octubre de 2026, a las 10:00 horas, se ha celebrado en dependencias de la Dirección General de la Guardia Civil una nueva reunión del Grupo de Trabajo de Especialidades, en la que ha participado un representante de la Asociación Independientes de la Guardia Civil (IGC).
Comunicado grupo de trabajo anterior: https://www.igcprofesional.es/2026/09/29/igc-participa-en-el-grupo-de-trabajo-de-especialidades-de-la-guardia-civil/
Durante la reunión se han abordado las modificaciones de las órdenes generales que regulan cuatro especialidades de la Guardia Civil:
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Agrupación de Reserva y Seguridad (ARS).
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Unidad de Actividades Subacuáticas (UAS).
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Servicio de Montaña (SEMON).
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Servicio Aéreo de la Guardia Civil (SAER).
La Administración ha expuesto las principales novedades que pretende incorporar a los respectivos textos normativos. Desde IGC hemos trasladado nuestras observaciones, defendiendo los derechos profesionales de los guardias civiles y reclamando una regulación más justa, objetiva y adaptada a las necesidades reales de cada especialidad.
AGRUPACIÓN DE RESERVA Y SEGURIDAD (ARS)
Reacción ante acciones terroristas
Se incorpora expresamente entre las competencias profesionales y funciones propias de la especialidad la reacción ante acciones terroristas.
Homologación de la cualificación específica
La Administración contempla la posibilidad de reconocer la cualificación específica en Seguridad e Intervención, en la modalidad correspondiente, al jefe de la ARS y a los jefes de Grupo.
Para ello, deberán acreditar un mínimo de dos años de servicio efectivo y haber participado activamente en un Plan Específico de Instrucción.
Desde IGC hemos manifestado nuestro desacuerdo con esta medida, especialmente después de que la Administración haya abandonado la propuesta de creación de la modalidad de Dirección y teniendo en cuenta que a los jefes de la ARS no se les exige estar en posesión de la titulación específica.
Consideramos necesario que el reconocimiento de las cualificaciones responda a criterios objetivos y coherentes con los requisitos exigidos al conjunto de especialistas.
Puestos de trabajo para personal en situación de reserva
Se contempla que la asignación de puestos orgánicos de especialista en Seguridad e Intervención, así como la continuidad en ellos, pueda realizarse tanto a personal en situación administrativa de servicio activo como de reserva, siempre que cumpla los requisitos establecidos.
Esta medida responde a una de las reivindicaciones que IGC viene defendiendo desde el inicio de los trabajos.
Mayor imparcialidad en los expedientes de pérdida de cualificación
Se establece que el personal encargado de instruir un expediente sumario de pérdida de la cualificación específica no podrá mantener una relación de dependencia directa con la persona interesada ni haber intervenido en la propuesta de incoación.
Asimismo, la Administración ha informado de que las diferentes jefaturas estudiarán la regulación de este procedimiento para establecer garantías adecuadas, no solo en la ARS, sino en el conjunto de las especialidades.
Desde IGC consideramos fundamental garantizar la imparcialidad, la transparencia y la seguridad jurídica en estos procedimientos.
UNIDAD DE ACTIVIDADES SUBACUÁTICAS (UAS)
Creación de la modalidad de Operador ROV
Se incorpora una nueva modalidad denominada Técnico Operador de ROV de la Guardia Civil, destinada a regular las capacidades profesionales relacionadas con la utilización de vehículos subacuáticos operados remotamente.
Creación del Grupo de Sistemas Especiales (GRUSES)
Se contempla la creación del Grupo de Sistemas Especiales (GRUSES), cuya misión será prestar apoyo al resto de la especialidad mediante equipos funcionales de operadores ROV y apoyo hiperbárico.
Entre sus cometidos se incluyen la operación, el mantenimiento de primer escalón, la gestión técnica y el empleo operativo de vehículos subacuáticos operados remotamente, sus sistemas asociados y las cámaras hiperbáricas móviles de apoyo a las actividades subacuáticas.
Puestos de especialista para personal en reserva
Se introduce la posibilidad de que los puestos orgánicos de especialista sean ocupados por personal en situación administrativa de servicio activo o reserva, conforme a lo establecido en la correspondiente ficha técnica de la especialidad.
Desde IGC valoramos positivamente esta modificación, al tratarse de otra de las solicitudes planteadas por nuestra Asociación.
Períodos de servidumbre
Tras la obtención de las respectivas cualificaciones específicas, se establecen los siguientes períodos de servidumbre:
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GC: cuatro años ininterrumpidos.
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BTGC: tres años ininterrumpidos.
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ORGC: tres años ininterrumpidos.
Su cumplimiento se ajustará a la normativa sobre provisión de destinos y enseñanza de perfeccionamiento de la Guardia Civil.
Renovación de la cualificación específica
El personal que no haya ocupado un puesto de especialista durante más de cinco años deberá superar las correspondientes pruebas de renovación.
Este plazo se computará desde la publicación de la aptitud, la superación de la última prueba de renovación o la fecha de cese en el puesto de trabajo, según corresponda.
Las pruebas serán las determinadas en el Manual de la Especialidad y convocadas por la Jefatura de Enseñanza, a propuesta de la UAS, con el objetivo de comprobar que se mantienen las competencias profesionales necesarias.
Supresión del límite de edad de 45 años
Una de las modificaciones destacadas es la eliminación del límite máximo de 45 años para solicitar el curso de acceso a la especialidad.
Actualización del Libro de Organización y del Manual de la Especialidad
Se establece un plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la orden general para actualizar el Libro de Organización del Servicio Marítimo y el Manual de la Especialidad de Actividades Subacuáticas.
Esta actualización incorporará la nueva modalidad de Operador ROV, sus procedimientos técnicos, doctrina de empleo, planes de mantenimiento, renovación y recuperación, normas de seguridad y procedimientos de operación.
También se incluirán las normas técnicas relacionadas con el empleo de cámaras hiperbáricas móviles de apoyo.
SERVICIO DE MONTAÑA (SEMON)
Protocolo específico de apoyo psicológico
Con el objetivo de proteger la salud mental y el bienestar psicofísico de los especialistas, se contempla que el Servicio de Psicología de la Guardia Civil implemente un protocolo específico de seguimiento.
Desde IGC consideramos importante avanzar en medidas que contribuyan a la protección integral de quienes desarrollan su actividad profesional en condiciones de especial exigencia.
Puestos de trabajo para personal en situación de reserva
La asignación y continuidad en puestos orgánicos de especialista e instructor de Montaña podrá realizarse tanto a personal en servicio activo como, en aquellos puestos catalogados a tal efecto, a personal en situación de reserva que reúna los requisitos exigidos.
Se atiende así otra de las reivindicaciones defendidas por IGC, encaminada a aprovechar la experiencia y capacitación profesional de los especialistas que pasan a la situación de reserva.
Nueva dependencia de los equipos de competición
Desde este año, los equipos de competición que anteriormente permanecían concentrados en el Servicio de Montaña pasarán a depender de la Junta de Educación Física y Deportes de la Jefatura de Enseñanza.
Esta modificación afecta al equipo de fondo-biatlón, anteriormente concentrado entre junio y abril, y al equipo de esquí-alpinismo, cuya concentración se desarrollaba entre octubre y abril.
En consecuencia, dejarán de establecerse estos períodos de concentración dentro de la estructura del SEMON.
Modificación de la denominación del centro de adiestramiento
Se modifica la denominación de Centro de Adiestramientos Específicos en Montaña, que pasará a llamarse Centro de Adiestramientos Específicos de Montaña.
Mayores garantías en los procedimientos de pérdida de cualificación
La declaración de pérdida de la cualificación específica deberá estar precedida de la instrucción del correspondiente expediente sumario, ordenado por la Jefatura de Enseñanza a instancia de la persona titular del Servicio de Montaña.
Durante el procedimiento se garantizarán los siguientes derechos:
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Audiencia a la persona interesada.
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Acceso al expediente.
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Presentación de alegaciones.
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Proposición de pruebas.
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Resolución motivada basada en criterios objetivos, técnicos y verificables.
Todo ello conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, para la instrucción de estos expedientes se designará preferentemente a personal de la especialidad que no mantenga dependencia funcional directa con la persona afectada ni haya participado en la propuesta de incoación.
Desde IGC defendemos que cualquier procedimiento que pueda suponer la pérdida de una cualificación profesional debe contar con las máximas garantías de objetividad e imparcialidad.
Actualización del Libro de Organización y del Manual de la Especialidad
Se establecen dos plazos desde la entrada en vigor de la normativa:
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Seis meses: actualización del Libro de Organización del SEMON, que recogerá su articulación, composición, cometidos, relaciones, dotaciones y empleos del personal.
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Un año: aprobación del Manual de la Especialidad.
SERVICIO AÉREO DE LA GUARDIA CIVIL (SAER)
Unificación de las modalidades de mecánico de aeronaves
Se contempla la supresión de las modalidades de mecánico de avión y mecánico de helicóptero, que quedarán integradas en una única modalidad denominada Mecánico de Aeronaves.
Esta nueva modalidad reunirá las capacidades profesionales necesarias para desempeñar las funciones específicas de mantenimiento de aeronaves de la Guardia Civil.
Incorporación de las modalidades de drones y contradrones
Se incorporan las modalidades relacionadas con el pilotaje de drones de altas capacidades y la operación de sistemas contradrones.
Con ello se pretende regular las competencias específicas necesarias para el empleo de estos medios tecnológicos dentro del Servicio Aéreo.
Nuevos períodos de servidumbre
La Administración establece nuevos períodos de servidumbre atendiendo a la duración de la formación y al elevado coste económico de la especialización.
Se contemplan los siguientes períodos:
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Cinco años: para las modalidades de piloto de helicópteros, piloto de aviones y mecánico de aeronaves.
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Dos años adicionales de servidumbre: derivados de la realización de cursos de vuelo dentro de la especialidad, computados desde su finalización.
Formación en el CAESA
Se incorpora una fase formativa en el Centro de Adiestramiento y Estandarización Aéreo (CAESA) para la obtención de las cualificaciones específicas AEMAER, AEPH y AEDR.
Edad máxima para obtener las cualificaciones específicas
Se establece una edad máxima de 42 años para la obtención de las cualificaciones específicas de las diferentes modalidades, con la excepción de AEOF.
Para esta última, se exigirá que la persona aspirante no alcance la edad prevista en el artículo 44.1 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 728/2017, de 21 de julio, para el pase a la situación de reserva durante los seis años siguientes al de la publicación de la convocatoria del curso correspondiente.
Puestos de trabajo para personal en situación de reserva
Se contempla la posibilidad de asignar puestos de trabajo de la especialidad a personal en situación de reserva, con funciones relacionadas con:
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Apoyo y asesoramiento a la Jefatura del Servicio.
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Elaboración de informes técnicos.
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Coordinación de servicios y operaciones.
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Seguridad en vuelo.
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Apoyo técnico y docente en el CAESA.
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Gestión de la flota del Servicio Aéreo.
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Supervisión del mantenimiento y gestión de calidad.
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Instrucción en simuladores de vuelo.
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Mantenimiento de medios propios de la especialidad.
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Desarrollo de proyectos de innovación tecnológica e informática.
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Apoyo especializado y docente en gestión de recursos de tripulaciones de vuelo (CRM).
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Instrucción en el uso de drones.
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Colaboración con la Comisión para la Investigación Técnica de Accidentes de Aeronaves Militares (CITAAM).
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Apoyo en la Oficina Periférica de Comunicaciones, en cometidos relacionados con la especialidad.
Esta modificación permitirá aprovechar los conocimientos y la experiencia adquiridos por los especialistas a lo largo de su trayectoria profesional.
Reconocimiento de la cualificación de drones y contradrones
Se incorporará una disposición adicional para reconocer directamente la cualificación específica AEDR al personal destinado o en comisión de servicio en el SAER que, a la entrada en vigor de la orden general, tenga superada la formación exigida de piloto de drones ligeros y avanzados, así como de drones y contradrones de la Guardia Civil.
Integración de la formación específica de helicópteros en los cursos de acceso
La Administración ha explicado que, hasta ahora, la formación específica para cada modelo de helicóptero se impartía después del curso de acceso, una vez que el especialista se incorporaba a su unidad de destino.
Sin embargo, la homogeneización de la flota permitirá integrar esta formación en el propio curso de acceso.
Con esta medida se pretende reducir la necesidad de cursos posteriores y agilizar la incorporación operativa de los nuevos especialistas a sus unidades.
IGC CONTINÚA DEFENDIENDO LOS DERECHOS DE LOS ESPECIALISTAS
Desde Independientes de la Guardia Civil (IGC) valoramos los avances incorporados a los textos normativos, especialmente aquellos que responden a reivindicaciones que nuestra Asociación viene trasladando a la Administración.
Entre ellos destaca la posibilidad de que el personal en situación de reserva pueda continuar desempeñando determinados puestos de especialista, aprovechando su experiencia y conocimientos profesionales.
No obstante, seguiremos defendiendo criterios objetivos para el reconocimiento de las cualificaciones, procedimientos garantistas ante su posible pérdida y condiciones profesionales justas para todos los especialistas.
Consideramos imprescindible que las modificaciones normativas tengan en cuenta la realidad de quienes prestan servicio diariamente en estas unidades.
Tu opinión es importante para IGC
Invitamos a todos los guardias civiles afectados por estas modificaciones a trasladarnos sus propuestas, observaciones e inquietudes.
Podéis contactar con nosotros a través del correo electrónico:
tueresigc@igcprofesional.es
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Vuestras aportaciones son fundamentales para continuar defendiendo mejoras en la regulación de las especialidades de la Guardia Civil.












