Las asociaciones representativas del Consejo de la Guardia Civil han acudido el día 25 de mayo de 2026, a la Comisión de Normativa previa al Consejo que tendrá lugar el próximo 11 de junio.
La sesión ha estado presidida por el Teniente General del Mando de Personal y a la misma han acudido los vocales de las asociaciones profesionales del Consejo de la Guardia Civil, que, en unidad de acción, han expuesto una serie de cuestiones sobre cada norma que se ha tratado.
- Proyecto de modificación de la normativa de destinos:
Reglamento de Destinos
Solicitud de eliminación de la propuesta de nueva redacción del art. 14.2 (adjudicación de destinos sin publicación previa de la vacante por acceso a una Escala) y 58.4 del RD (incorporación urgente al destino), manteniendo la excepcionalidad y la redacción anterior, ya que la nueva redacción pretende normalizar la asignación de destinos sin previa publicación a los que se incorporan a una escala, y la incorporación urgente que actualmente esté prevista para situaciones excepcionales.
Respecto al bloqueo de vacantes que debiendo ser publicadas no se publican, y dada la repercusión que tiene sobre la carrera profesional y para la conciliación familiar, se ha solicitado que se hagan públicos tanto los motivos del bloqueo de cada una de las vacantes como el tiempo previsto de duración del mismo.
Respecto a la creación de nuevos derechos preferentes, en particular para Cataluña y Baleares, se ha mostrado la oposición de las asociaciones que han defendido que esto supone intentar solucionar un problema a costa de la antigüedad de los demás. Si se le da más valor a la antigüedad de unos, se les está restando valor a la de otros. Las asociaciones han defendido que debe solucionarse mediante un paquete integral de medidas, que comporte mejoras económicas, de descanso y vacaciones y, en su caso, un derecho preferente modulable con un peso relativo que se sume al resto de los incentivos, teniendo en cuenta que la problemática no es idéntica en Cataluña, Baleares y otros territorios, o funciones, por lo que cada situación requeriría un tratamiento específico e individualizado que requiere un análisis previo y riguroso.
Orden Ministerial de clasificación de destinos
Las asociaciones hemos vuelto a solicitar información detallada, que hasta ahora se nos ha negado con detalle, sobre el número actual de vacantes por empleo clasificadas como LD, Méritos y Antigüedad y su comparativa con las modificaciones previstas en el borrador que se pretende aprobar, así como la fundamentación de porqué se ha decidido el cambio de la misma.
Se ha mostrado oposición a que las vacantes de Capitán Jefe de Compañía pasen de antigüedad a méritos, dado que el sistema de méritos está reservado, según recoge el Real Decreto, a puestos de trabajo cuyo desempeño requiera especiales conocimientos técnicos o capacidades profesionales. Esta nueva clasificación, demás, condicionaría la asignación de estos puestos de trabajo a IPECGUCIs, condecoraciones, titulaciones, idiomas.
Nos hemos opuesto a los tiempos de máxima permanencia en los destinos, ya que consideramos que se trataría de una incongruencia con el derecho actual a renuncia de ascenso y, en consecuencia, va en contra de las necesidades conciliación. No es entendible que se permita renunciar al ascenso para no tener que cambiar el destino, pero luego se pierda por permanecer en él.
La Orden Ministerial desarrolla el derecho preferente modulable, ampliado a Cataluña y Balares, donde 6 años de servicio van a sumar casi 20 de antigüedad, que como se ha adelantado en párrafos anteriores, se ha mostrado el posicionamiento contrario contra este preferente excesivo y aplicado de forma aislada.
Por último, en materia de destinos, por parte de las asociaciones se ha solicitado la ampliación de la valoración mínima de la antigüedad en el sistema de provisión de destinos por concurso de méritos. La propuesta es una horquilla de 20/40.
- Proyecto de modificación Real Decreto Plantilla 2025_2029
En esta norma se adelanta la creación de dos empleos de General cuya creación estaba prevista dentro del RD para final del ciclo cuatrianual y para financiar este adelanto se reducen 5 dotaciones de capitanes de la escala 42/99 que ya no son necesarias y, asimismo, se retrasan para final del ciclo (2028-2029) 22 de Cabos.
Hemos solicitado en unidad de acción, que se nos facilite la MAIN de la norma o bien informe detallado que justifique este incremento en unos empleos y reducción en otros antes de adoptar un posicionamiento definitivo.
Con ocasión de esa modificación del RD de plantillas las asociaciones pusieron de manifiesto su malestar por los coeficientes excesivos que se venían fijando para establecer los tramos del escalafón para el ascenso que hace que muchos compañeros se queden en la cuneta tras muchos años de servicio, solicitándose coeficientes más reducidos y más compromiso con facilitar la promoción en todos los empleos y no solo para el ascenso a General.
- Proyecto de modificación de la normativa de especialidades
La Administración, finalmente, he renunciado a eliminar la especialidad de Riesgos Laborales, por lo que todas las asociaciones nos hemos mostrado a favor de la norma.
- Proyecto modificación especialidad de Tráfico y estructura, organización y funciones de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil
Se trata de una modificación de carácter técnica, destinada a regular las UNIS mediante una norma con rango de Orden General.
Hemos indicado la necesidad de plasmar en la norma las segundas jefaturas en las UNIS.
- Modificación normativa de incentivos al rendimiento.
Esta norma actualiza los CVE en base a los que se calculan las productividades estructurales.
La modificación también pretende evitar que la primera de las bajas médicas de hasta cuatro días al año (baja de muy corta duración), tenga efectos negativos sobre la normativa de incentivos al rendimiento, tal y como ocurría anteriormente. En cuanto a la productividad por actividad extraordinaria, hemos expuesto la conveniencia de matizar que la ACEX1 y ACEX5 no se verán perjudicadas por los días de baja de muy corta duración.
Las asociaciones profesionales en unidad de acción, hemos solicitado que la entrada en vigor de la norma lo sea con carácter retroactivo, con la misma fecha de la entrada en vigor del Real Decreto de Sanidad de la Guardia Civil (26 de febrero de 2026), con el fin de evitar pérdidas retributivas en la productividad estructural a los guardias civiles que hayan sufrido una baja médica de muy corta duración (de 1 a 4 días) en el periodo intermedio de vigencia de ambas normas.
Asimismo, la norma adapta la jornada laboral del personal funcionario civil destinado en Guardia Civil, fijándola en 35 horas semanales. Del mismo modo, hemos vuelto a trasladar la necesidad de que la jornada de 35 horas semanales, sea también una realidad para el personal de la Guardia Civil, al igual que sucederá en las Fuerzas Armadas. Esperamos que esta cuestión pueda abordarse en la futura normativa de jornada laboral actualmente en elaboración.
Madrid, 25 de mayo 2026
Las Asociaciones Profesionales Representativas
en el Consejo de la Guardia Civil













