El día 08 de septiembre de 2026 a las 10:00 horas se ha celebrado en dependencias de la Dirección General de la Guardia Civil, una nueva reunión del Grupo de Trabajo “Especialidades”, en la que ha participado un representante de esta Asociación, Independientes de la Guardia Civil (I.G.C.), y en el que se han abordado las especialidades de Servicio Aéreo de la Guardia Civil (SAER), Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) y de la Unidad Especial de Intervención (UEI), así como la modificación de la OM que regula las especialidades en la Guardia Civil:
Desde la Administración nos han dado a conocer las últimas propuestas de modificación de la Orden Ministerial PCM/209/2020, de 3 de junio por la que se regulan las especialidades en la Guardia Civil:
- Eliminación de la modalidad de Dirección (DSEIN), de la especialidad de “Seguridad e Intervención”.
- Eliminación del empleo ocupación puesto orgánico, de Coronel en la modalidad “Reserva y Seguridad” de la especialidad de “Seguridad e Intervención”
- Eliminación de los empleos ocupación puestos orgánicos, de Teniente Coronel y de Comandante, de la modalidad “Ecuestre”, de la especialidad de “Seguridad e Intervención”.
- Eliminar y unificar los puestos orgánicos cumplimiento de servidumbre de “Mecánico Automovilismo” y “Conductor Automovilismo”, por “Especialista Automovilismo”.
- Incluir una Disposición Transitoria en la modalidad de “Dirección” de la especialidad “Tecnologías de la Información”, de forma que durante un plazo de cuatro años desde la entrada en vigor de esta norma, el personal de la Escala de Oficiales Ley 29/2014 y de la Escala de Oficiales de la ley 42/99 estará eximido del requisito de la especialidad de Tecnologías de la Información, modalidad de “Dirección”, para la ocupación de un puesto de trabajo en la Jefatura de Servicios Técnicos o en sus servicios dependientes.
Así mismo nos han dado a conocer las líneas generales de las modificaciones que se desean plasmar en las futuras O.G.s de SAER, SEPRONA y UEI, siendo algunas de ellas las siguientes:
SERVICIO AÉREO DE LA GUARDIA CIVIL (SAER)
- Modificación de las modalidades de la Especialidad.
- Modificación de las cualificaciones específicas.
- Supresión de competencias profesionales
- Supresión de competencias profesionales
- Modificación y ampliación de competencias.
- Modificación en la obtención de cualificaciones.
- Modificación de edad máxima de 40 a 42 años.
- Modificación del mantenimiento de la especialidad.
- Modificación de condiciones de ejercicio de la especialidad.
- Modificación del régimen de servidumbre.
SERVICIO DE PROTECCIÓN A LA NATURALEZA (SEPRONA)
- Refuerzo del papel como policía integral medioambiental
- Impulso de la investigación y funciones de Policía Judicial
- Refuerzo de la estructura territorial y de coordinación Autonómica.
- Actualización de competencias y funciones del personal especialista nuevo. Nueva causa de pérdida de la cualificación específica.
- Creación del Instituto Nacional de Seguridad Ambiental, integrado en la Jefatura del SEPRONA.
UNIDAD ESPECIAL DE INTERVENCIÓN (UEI)
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- Condiciones del ejercicio de la especialidad. Que se puedan encontrar en situación de servicio activo o en reserva.
- Mando Teniente Coronel en activo con la cualificación específica de la Unidad Especial de Intervención.
Desde Independientes de la Guardia Civil, (IGC), hemos debatido las observaciones ya remitidas previamente, a estas propuestas normativas, y también hemos manifestado nuestro posicionamiento contrario la propuesta de la Administración de que el personal que ocupa un puesto orgánico en la especialidad de protección de la naturaleza (SEPRONA), se le pueda incoar un expediente por pérdida de cualificación específica, cuando sea condenado por sentencia firme en acción u omisión, por delitos contra el medioambiente, contemplados en los Títulos XVI, Título XVI bis y Título XVII del Código Penal, al estar todos ellos directamente relacionados con la especialidad y ser los mayores garantes de esos bienes jurídicos protegidos, por estar al margen de lo regulado en la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil.
Así mismo valoraremos muy positivamente todas las aportaciones e inquietudes que se nos remitan, al c.e. tueresigc@igcprofesional.es, o bien a través del siguiente enlace
En Madrid, a 08 de septiembre de 2026













