Tras haber retomado los grupos de trabajo de la normativa de destinos, en el día de hoy 04 de septiembre de 2025 se ha celebrado una tercera reunión para ver las novedades con respecto a los grupos anteriores en las alegaciones presentadas a los borradores del Real Decreto de Destinos y a la Orden Ministerial de desarrollo.
Segundo grupo de trabajo: https://www.igcprofesional.es/2025/07/03/igc-acude-al-grupo-de-trabajo-de-modificacion-reglamento-de-destinos-2/
Tercer grupo de trabajo: https://www.igcprofesional.es/2025/06/18/igc-acude-al-grupo-de-trabajo-de-modificacion-reglamento-de-destinos/
REGLAMENTO DE DESTINOS:
Art. 13.5 – Publicación de destinos
IGC: Propusimos que se incluyera una modificación de este apartado, para que todas las vacantes que hayan sido declaradas desiertas en Resoluciones anteriores, se publiquen en cada movimiento de vacantes semestral, con el fin de que el proceso sea transparente y facilitar la conciliación familiar y las expectativas de destino.
Administración: Informan que no van a aceptar esta observación, desde IGC se ha especificado en la necesidad de que las vacantes que no se hayan cubierto, deben ser publicadas para que de una manera general todo el personal sepa que vacantes quedan sin adjudicar.
Art. 14.2 – Personal nuevo acceso
- IGC: La administración añade el siguiente epígrafe “Cuando concurran razones operativas, organizativas o de gestión eficiente de los recursos humanos”, eliminando el concepto de “excepcionalidad”. IGC ha mostrado su total disconformidad con esta modificación, ya se flexibiliza todavía más los motivos que puede haber para hacer uso de esta medida, al eliminar la excepcionalidad.
- Administración: Informa que dará una nueva redacción, para añadir “causas debidamente justificadas”.
Art. 17.1 – Eliminación limitación número de plazas que se pueden solicitar
- IGC: Hemos solicitado la eliminación del epígrafe que permite limitar actualmente el número de plazas que se pueden solicitar.
- Administración: Informan que verán de que forma puede incidir este cambio y la redacción actual, quedando pendiente para el siguiente grupo de trabajo.
Art. 17.3 – Posibilidad de peticionar vacantes de especialista cuando falten dos meses para la aptitud
- IGC: Habíamos pedido que se revisara la forma técnica de llevarlo a cabo, ya que en el supuesto de que no se superara el curso a falta de unos días para que las vacantes estuvieran hechas, habría que rehacer todo.
- Administración: Informan que, consultado con los técnicos, efectivamente nos encontraríamos con esta problemática, por lo que retiran esta modificación de la norma. Desde IGC se ha solicitado que el personal que está en la academia de suboficial y oficial, que quiera hacer un cambio de modalidad en la especialidad, lo pueda hacer durante el curso escolar, para que de esta forma tenga la aptitud nada más finalizar el curso y por lo tanto ya podría solicitar estas vacantes.
Art. 17.5 – Posibilidad de peticionar vacantes al mismo tiempo de vacantes de activo y reserva
- Administración: Informan que están trabajando en ello y que en principio no creen que vaya a haber problemas técnicos que lo impidan.
Art. 19 – Destinos por código postal en concurrencia
- IGC: Se trata de una propuesta trasladada por IGC.
- Administración: Informan que han estado revisando técnicamente el programa y por códigos postales no lo van a poder hacer pero por kilómetros creen que si, están trabajando sobre ello y nos dirán más adelante.
Art. 50 – Derecho preferente
- Todas las asociaciones: Solicitamos retorno del derecho preferente modulable.
- Administración: El modulable no desaparece porque no estaba aún aceptado; se analizará y esperan que se pueda materializar.
Art. 58.4 – Incorporación al destino
- Administración: Traen una novedad al traer la propuesta de este párrafo “Para el personal de nuevo acceso a una escala, el plazo de incorporación podrá ser redistribuido cuando concurran razones operativas, organizativas o de gestión eficiente de los recursos humanos que requieran la incorporación urgente al destino, debiendo disfrutar del plazo equivalente al que le corresponde, en cuanto resulte posible”.
- IGC: Estamos totalmente en contra de esta nueva redacción, al considerar que es suficiente la redacción actual de que las causas de incorporación urgente deben ser excepcionales y debidamente motivadas, sin que se pueda hacer distinción por el simple hecho de que sea personal de nuevo acceso a escala.
Orden Ministerial
Art. 9 – Libre designación
- IGC: Crítica al sistema LD, pedimos justificación de puestos.
- Administración: Se ciñen al art. 8 RD, se analizarán en comisión.
Art. 10 – Concursos de méritos
- Cambio de empleos (capitán) a méritos. IGC estamos en contra, está pendiente la propuesta de la ficha que quieren hacer, adelantan que la antigüedad tendrá mucho peso.
Art. 23 – PIDEGUCI
- Controversia: Por puntuación y desigualdad por escala.
- Administración: Ajusta puntuación para cabos/guardias (0.30).
Art. 26BIS – Apto con limitaciones
- IGC: Pedimos la retirada.
- Administración: Informan que están revisando la redacción, en caso de que no puedan aportar una nueva redacción, retirarán esta modificación de la norma.
Conclusión
Desde Independientes de la Guardia Civil (IGC) estamos muy alejados de las expectativas que teníamos para esta norma, al no estar incluido todavía el derecho preferente modulable, el aumento tan significativo de las plazas de libre designación y la regulación tan estricta para los aptos con limitaciones.
Estamos ante un gran momento, que no queremos dejar desaprovechar, ya que uno de los pilares fundamentales para nuestra conciliación familiar y de la vida laboral, son precisamente los destinos.
Hemos pedido a mayores, que se haga un documento que sirva como referencia de criterios de aplicación de la norma.
Contacto y participación:
IGC mantiene su disposición al diálogo y anima a los compañeros/as a trasladar experiencias o dudas a través del correo:
Y recuerda: si te gusta el trabajo que hace IGC, aprovecha nuestra oferta de CUOTA 0 hasta final de año.
¡Asóciate ahora y no pagues nada hasta el 1 de enero de 2026!
Cuota anual: 69 €, así que te regalamos los meses que restan de 2025.
Enlace alta IGC: https://www.igcprofesional.es/alta-on-line/guardias-profesionales-y-gap/
Madrid, 04 de septiembre de 2025