Desde Independientes de la Guardia Civil (IGC) proponemos una modificación de la Orden General número 2, de 9 de abril de 2018, que regula la asignación de destinos y ocupación temporal de puestos de trabajo, concretamente en lo relativo a las comisiones de servicio de carácter periódico, reguladas en su artículo 11.
El objetivo de esta propuesta es garantizar la transparencia, el derecho a la información y el cumplimiento efectivo de los criterios de prioridad recogidos en el artículo 11.2.a, especialmente para el personal que solicita voluntariamente comisiones de servicio.
¿Por qué es necesaria esta reforma?
Actualmente, la normativa no exige la notificación al interesado de los informes emitidos por su unidad, incluso cuando estos son desfavorables, lo que impide ejercer el derecho a reclamaciones o a alegaciones. Además, no existe un registro accesible ni automatizado que permita al personal verificar:
- Qué comisiones ha solicitado.
- Cuál fue el resultado.
- Cuánto tiempo ha transcurrido desde cada solicitud.
- Si se encuentra en la situación prevista en el artículo 11.2.a, que establece que, si en dos años no se ha concedido ninguna comisión solicitada voluntariamente, se deberá priorizar su nombramiento.
¿Qué proponemos desde IGC?
- Entrega obligatoria de informes al interesado
Que todos los informes (favorables o desfavorables) emitidos sobre solicitudes de comisión sean notificados al personal afectado, permitiendo presentar alegaciones si así lo estima.
- Registro completo y accesible en “Mi Gestión Profesional” (o sistema equivalente)
Que se habilite un módulo que refleje:
- Todas las solicitudes de comisión.
- El resultado (concedida o denegada).
- La fecha de solicitud y resolución.
- Estado del procedimiento (pendiente, resuelto, desistido).
- Tiempo transcurrido desde la solicitud.
- Estado en relación con el límite de dos años previsto por el artículo 11.2.a.
- Seguimiento automatizado del plazo de dos años sin comisión concedida
El sistema debería permitir detectar de forma automática cuándo se ha superado ese período, de forma que se active el derecho del interesado a ser designado con carácter prioritario o forzoso.
¿Qué beneficios aportaría esta reforma?
- Transparencia y trazabilidad: el personal conocería en todo momento el estado y resultado de sus solicitudes.
- Cumplimiento normativo efectivo: se aplicaría con rigor el artículo 11.2.a.
- Seguridad jurídica: se reforzaría la objetividad y se prevendrían decisiones arbitrarias.
Desde IGC consideramos que esta modificación es esencial para garantizar un trato justo e igualitario al personal de la Guardia Civil, acorde a los principios de buena administración, transparencia y legalidad. Instamos a la Dirección General a que atienda esta propuesta y abra un proceso de diálogo para su implantación.
¡Por una Guardia Civil más transparente y justa, seguimos trabajando!
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Madrid, 23 de julio de 2025