En relación con la entrada en vigor del Real Decreto 1029/2022, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes, y en particular lo dispuesto en sus artículos 75 y 79, así como en la Instrucción IS-47, de 9 de abril de 2025, del Consejo de Seguridad Nuclear, desde Independientes de la Guardia Civil (IGC), hemos dirigido un escrito para solicitar información sobre el cumplimiento de las obligaciones relativas a la medición y control del gas radón en los lugares de trabajo donde prestan sus servicios personal de la Guardia Civil, dada la relevancia que este agente tiene para la salud de las personas trabajadoras.
En concreto, y teniendo en cuenta que el plazo máximo establecido para iniciar dichas mediciones venció el 21 de junio de 2024, hemos solicitado:
- Relación de expedientes de contratación publicados o tramitados para la realización de mediciones de radón en los lugares de trabajo afectados, indicando su estado (licitado, adjudicado, en ejecución, finalizado, etc.).
- Detalle de las mediciones realizadas hasta la fecha, incluyendo:
- Lugares donde se han efectuado.
- Fecha y duración del periodo de medición.
- Resultados obtenidos y comparación con el nivel de referencia establecido en la normativa.
- Información sobre las medidas adoptadas para la protección de los trabajadores, en especial:
- Identificación de posibles zonas clasificadas como “zonas de radón”.
- Criterios de clasificación del personal como “trabajadores expuestos”.
- Acciones implementadas en materia de vigilancia de la salud.
Contacto y participación:
IGC mantiene su disposición al diálogo y anima a los compañeros/as a trasladar experiencias o dudas a través del correo:
📩 tueresigc@igcprofesional.es
Madrid, 14 de junio de 2025