El pasado 2 de julio de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la aplicación del incremento del 0,5% en las retribuciones del personal del sector público, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024.
Dicho incremento, vinculado a la evolución del Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA) conforme a lo establecido en el artículo 6.2 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, se regula adicionalmente mediante la Resolución de 2 de julio de 2025 de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, que dicta instrucciones sobre su aplicación al personal del sector público estatal.
DUDAS RECIBIDAS DEL PERSONAL
Desde IGC hemos recibido numerosas consultas de personal que, en función de su situación particular, desconocen si deben realizar algún trámite adicional para percibir los atrasos derivados de esta medida. Entre las preguntas más habituales se encuentran:
- ¿Se realizará el abono de oficio a quienes no hayan cambiado de destino desde el 1 de enero de 2024?
- ¿Debe el personal procedente del Ejército u otra Administración, que ingresó en la Guardia Civil el 9 de enero de 2024, usar el modelo del BOE para reclamar los atrasos correspondientes a los días anteriores?
- ¿El personal actualmente en unidades de prácticas, que ingresó el 9 de enero de 2024, debe presentar instancia a retribuciones?
- ¿Quiénes hayan cambiado de destino durante el periodo afectado deben presentar instancia?
- ¿El personal en situación distinta al servicio activo (excedencia, retiro, etc.) debe dirigir instancia o emplear el modelo del BOE?
- ¿Los familiares con derecho a atrasos por personal fallecido deben presentar solicitud con el modelo del BOE o mediante instancia?
SOLICITUD FORMAL DE IGC
Desde IGC (Independientes de la Guardia Civil) hemos solicitado la publicación de una nota aclaratoria en la Intranet corporativa, con instrucciones claras y homogéneas para todos los supuestos mencionados. Entendemos que esta medida facilitará los trámites y evitará desigualdades o retrasos innecesarios en el abono de los atrasos correspondientes.
Contacto y participación:
IGC mantiene su disposición al diálogo y anima a los compañeros/as a trasladar experiencias o dudas a través del correo:
📩 tueresigc@igcprofesional.es
Madrid, 04 de julio de 2025