Tras un periodo de suspensión iniciado en febrero, se ha retomado el trabajo de revisión normativa en relación con el Real Decreto del Reglamento de Destinos y la Orden Ministerial INT/26/2021. En la reunión mantenida hoy, no se han presentado los borradores actualizados y nos indican que los remitirán en estos días y se han abordado novedades relevantes que pasamos a resumir de manera clara y estructurada.
Principales modificaciones del Reglamento de Destinos
🔹 Nuevas definiciones
Segunda convocatoria: Vacante ya publicada y declarada desierta.
🔹 Concursos combinados
Posibilidad de alternar vacantes por antigüedad y méritos, incluyendo las vacantes cero, siempre en modalidad voluntaria, sin que se pueda hacer uso en anuente.
Ejemplo de solicitud de petición: 1. Escuela de Especialización, 2. Puesto de Valdemoro, 3. Destacamento de Tráfico de Valdemoro, 4. Puesto de Seseña….
🔹 Flexibilización en la solicitud de destinos
Se permitirá solicitar vacantes si:
-
- Se prevé obtener una especialidad en los dos meses posteriores a su publicación, condicionado a resultar apto.
- El periodo de prácticas fue interrumpido por permisos de conciliación, condicionado a la finalización del plan de estudios.
🔹 Personal en reserva
En caso de concurrencia de solicitudes, personal en activo que, cumpliendo los requisitos de poder pedir vacantes en reserva, pide en ambas resoluciones, solo se tendrá en cuenta la solicitud de la situación publicada primero (activo o reserva).
🔹 Empates en antigüedad en categoría de oficial
En el caso del personal de la categoría de oficial procedente de diferentes escalas, se venía haciendo así, pero se establece en la norma, en caso de empate, se resolverá por:
-
- Antigüedad en el cuerpo.
- Edad.
🔹 Comisión previa a la especialidad
Se permitirá la ocupación temporal de puestos de especialistas si se posee la titulación civil correspondiente, antes de obtener la cualificación interna, pensado esto para la especialidad de riesgos laborales (comisionado no destinado).
🔹 Exenciones y ceses
- Exención del tiempo mínimo también para destinos forzosos en situación de activo sin destino.
- Nuevas causas de cese:
- Nombramiento en otro cuerpo de la Administración.
- Puesto en la Administración civil.
🔹 Derecho preferente
- Se ha eliminado la novedad del derecho preferente modulable, así como la inclusión de este derecho para Cataluña y Baleares, que se había anunciado en el primer grupo de trabajo del mes de febrero.
- 3 años: Se mantiene para el País Vasco y Navarra. El requisito de tres años en el GAR se elimina provisionalmente.
- 5 años. Se mantiene para el ARS y se incluye a la UAR y a la UEI para vacantes con exigencia de titulación.
- Se añadirá disposición en la norma para evitar pérdida de estos derechos a quiénes lo estén generando.
Cambios en la Orden Ministerial
🔹 Ampliación de Libre Designación
- Por razón del cargo: Jefe del Departamento de Logística y Apoyo del Servicio de Telecomunicaciones
- Por razón de la Unidad: Secrim, Escuela de Criminalística, UPJZ y UOPJ (Si laboratorios, no PLMs), Equipos de Protección de Naturaleza, Gobierno Interior, Unidad de Música, Gabinetes de Psicología, Gabinetes de Orientación Educativa, Caja Pagadora Central DGGC, Unidad del Deporte, Unidad de Escoltas de Seguridad en Vuelo (UNESEV), Unidad Central de Análisis e Investigación Fiscal y de Fronteras (UCAIFF), Sección 1ª Servicio RRGG (Destinos) y otras pendientes de concretar.
- Por razón de empleo y de la Unidad:
- Oficiales: UNIS, Unidades de Protección de la Naturaleza de Comandancia, IAEs organización periférica, Unidad de Desarrollo y Talento, Comandancias de Ceuta y Melilla
- Oficiales y Suboficiales: Unidad de Formación y Doctrina del Servicio Marítimo, más varios puestos de trabajo de empleos de Teniente Coronel, Comandante y Suboficiales.
🔹 Concurso de méritos
Se incorporan nuevos puestos: Capitanes jefes y Capitanes segundos jefes de Compañía, Capitán Comandante de Puesto Principal, Capitán Oficial de Comandancia (excepto Ceuta y Melilla)
🔹 Baremación Pideguci
Superar pruebas físicas periódicas voluntarias será puntuable:
-
- 0,35 puntos para oficiales/suboficiales.
- 0,25 puntos para cabos y guardias.
- Con vigencia de 6 meses desde la publicación de la Orden Ministerial.
🔹 Ampliación del peso de la antigüedad
Se podrá valorar hasta un 40% en el apartado de méritos profesionales.
🔹 Personal apto con limitaciones
Se regula un límite de personal para la ocupación de puestos:
-
- 1 de cada 10 en empleo de Guardia Civil.
- 1 de cada 3 en Cabos, Suboficiales y Oficiales.
🔹 Permanencia máxima en destinos
Sin propuesta cerrada aún, pero se avanza que se está estudiando una regulación específica.
Conclusión
Desde Independientes de la Guardia Civil (IGC) vamos a esperar a tener los borradores de ambas normas para poder hacer una valoración detallada, si bien vemos un aumento de vacantes de libre designación con el que no estamos conforme, así como a la eliminación del derecho preferente modulable. También nos preocupa el número máximo de efectivos que pueden estar en una misma Unidad, ya que es muy genérico y causaría un perjuicio importante el personal.
Hemos hecho la apreciación de la problemática del personal que se incorpora a escala cuando peticiona en concurrencia, ya que ambos son destinables forzosos y se pueden encontrar con destino en un lugar distinto. La Administración nos ha indicado que ven bien el que se pueda peticionar por zonas en concurrencia, pero el problema es que a día de hoy técnicamente da fallos.
Contacto y participación:
IGC mantiene su disposición al diálogo y anima a los compañeros/as a trasladar experiencias o dudas a través del correo:
📩 tueresigc@igcprofesional.es
Madrid, 18 de junio de 2025