Independientes de la Guardia Civil (IGC) realiza esta consulta fundamentada en el hecho de que el personal técnico del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales desempeña funciones de especial responsabilidad, reguladas en el artículo 31 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, entre las que se incluyen la evaluación de riesgos, la planificación de la acción preventiva, la propuesta de medidas correctoras, la investigación de accidentes, así como la elaboración de informes técnicos vinculantes.
Dado que estas actuaciones pueden tener implicaciones legales, administrativas o patrimoniales, resulta relevante conocer esta información, por lo que IGC ha preguntado lo siguiente:
¿Dispone dicho personal de algún tipo de seguro de responsabilidad civil que cubra el desempeño de sus funciones profesionales?
En caso afirmativo, hemos preguntado:
- Información sobre si se trata de una póliza colectiva o individual.
- Detalle de las condiciones generales de la cobertura: entidad aseguradora, límites asegurados, exclusiones principales, ámbito de aplicación, etc.
Contacto y participación:
IGC mantiene su disposición al diálogo y anima a los compañeros/as a trasladar experiencias o dudas a través del correo:
📩 tueresigc@igcprofesional.es
Madrid, 16 de junio de 2025