Ante el aumento progresivo de las temperaturas y las consultas recibidas sobre el uso de manga larga o manga corta durante el servicio, se recuerda lo establecido en la normativa vigente.
Orden PCM/208/2023, de 2 de marzo, por la que se aprueban las normas de uniformidad de la Guardia Civil
“Artículo 4.5 Competencias en la determinación de la modalidad de uniforme a utilizar.
En aquellas ocasiones del servicio en las que no se haya determinado la uniformidad a utilizar, o cuando las circunstancias lo aconsejen, la persona más caracterizada de la fuerza determinará aquella que deba utilizarse de acuerdo con los criterios establecidos en estas normas.”
Resumen práctico:
Como no siempre se concreta si debe llevarse manga larga o corta, y con el calor que ya estamos teniendo, se recuerda que quien esté al mando o tenga mayor responsabilidad en el servicio es quien debe decidir qué opción es más adecuada, siempre siguiendo el criterio de estas normas.
Cualquier duda se debe consultar por los canales habituales o bien, puedes escribirnos un correo electrónico a tueresigc@igcprofesional.es.
En Madrid a 22 de mayo de 2025