Con el objetivo de garantizar una mayor protección de la salud y el bienestar del personal, así como reforzar los principios de conciliación laboral y familiar, por parte de Independientes de la Guardia Civil (IGC) hemos propuesto una serie de modificaciones en el artículo 14 de la Orden General de Jornada y Horario, que regula el régimen de descansos diarios en la modalidad de prestación del servicio de actividad, así como en el borrador que ahora se está trabajando de la normativa de incentivos al rendimiento.
Entre las principales novedades, destaca la propuesta de nueva redacción del apartado b), que introduciría un carácter excepcional y puntualmente justificado a la posibilidad de reducir el descanso diario a ocho horas consecutivas. Esta medida solo podría aplicarse por necesidades del servicio o razones organizativas debidamente justificadas, incluyendo aquellas vinculadas a la conciliación, debiendo ir siempre acompañada de la correspondiente compensación en los siguientes periodos de descanso.
Asimismo, solicitamos la incorporación de cuatro nuevos apartados (4, 5, 6 y 7) que reforzarían el cumplimiento efectivo de este derecho:
- Apartado 4: Se establece de forma expresa que el descanso diario debe respetarse tanto entre servicios como entre cualquier nombramiento y periodo de descanso.
- Apartado 5: La planificación de los servicios deberá garantizar el respeto al descanso mínimo, evitando su vulneración sistemática, excepto en situaciones excepcionales, urgentes o de fuerza mayor, debidamente documentadas.
- Apartado 6: Se atribuye a los mandos de unidad y a los órganos de inspección la responsabilidad de velar por el cumplimiento riguroso de estas disposiciones.
- Apartado 7: Cuando no se pueda garantizar este descanso diario por necesidades del servicio o por razones organizativas, se tendrá derecho a una compensación económica, conforme a lo estipulado en la normativa de incentivos al rendimiento.
Por otro lado, hemos solicitado que cuando las modificaciones de servicio supongan una alteración de estos descansos, generen una retribución conforme al índice cualificador ICREM.
Estas propuestas de modificaciones, buscan asegurar una aplicación más justa y transparente del descanso diario, reforzando el compromiso con la salud laboral, la seguridad y los derechos del personal.
Cualquier duda o aclaración que quieras hacer sobre la misma, puedes hacerla en el correo electrónico tueresigc@igcprofesional.es.
En Madrid, a 01 de mayo de 2025