La Dirección General de la Guardia Civil ha publicado un comunicado informando de las causas que anulan el Real Decreto 848/2017, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil y las normas que la complementaban.
Independientes de la Guardia Civil (IGC), tras su estudio, considera que según el punto 2º , la Dirección General de la Guardia Civil, pretenderá asignar destino al personal que ingrese en las Escalas de Oficiales y Suboficiales así como a los Guardias Civiles que asciendan al empleo de Cabo, sin que salgan publicadas las correspondientes vacantes, aplicando presuntamente los artículos 12.2 y 27 del Real Decreto 1250/2001, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
Esta Asociación considera que si la Dirección General de la Guardia Civil pretende la asignación de destinos sin publicar las correspondientes vacantes, NOS OPONDREMOS ROTUNDAMENTE. Creemos que no se están respetando los principios básicos de mérito, capacidad y antigüedad, recogidos en primera instancia en la Ley Orgánica 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en el Real Decreto 848/2017 de 22 de septiembre, de provisión de destinos, así como en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.
Independientes de la Guardia Civil (IGC), está totalmente en contra de que se asignen vacantes sin anunciar a los Guardias Civiles que asciendan al empleo de Cabo, ya que ni el Real Decreto ni la Ley de Régimen de Personal de la Guardia Civil, lo mencionan, citando textualmente la norma, que esta medida será para personal de nuevo acceso a una escala y consideramos que el ascenso al empleo de Cabo no implica cambio de escala, por tanto desde esta asociación creemos que se le debería de nombrar una comisión de servicio en sus unidades hasta que obtengan el destino en base a la norma.
Así mismo consideramos también, que el personal que acceda a las Escalas de Oficiales y Suboficiales de la Guardia Civil, se les debería de nombrar una comisión de servicio en sus Unidades hasta que obtengan destino de acuerdo a la norma.
Tras este breve análisis desde esta asociación, creemos que se está vulnerando el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución Española, ya que entendemos que todos los Guardias Civiles de cualquier Escala y empleo no tienen la opción de solicitar destino, por lo tanto seguiremos insistiendo en que se cumpla los mas justo y menos perjudicial para el conjunto de los Guardias Civiles.