Se ha tenido conocimiento a través de distintos medios, de la sentencia número 350/2019 de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, en la cual se declara nulo el Real Decreto 848/2017, de 22 de septiembre de Reglamento de Provisión de Destinos de la Guardia Civil.
Esta medida tendrá efecto en el momento que sea publicada en el B.O.E. y como consecuencia quedarán anuladas la normativa de desarrollo posterior a la norma.
A partir del momento de la anulación, recobrarían vigencia la anterior normativa que había sido derogada con el Real Decreto 848/2017.
Los destinos que han sido adjudicados desde la entrada en vigor de la norma derogada, no se verán afectados y los que estén pendientes de resolver se deberían adjudicar conforme a la actual, hasta que esta no sea publicada en el B.O.E.
Por todo ello se HA SOLICITADO a la Dirección General de la Guardia Civil, la convocatoria urgencia de la Comisión de Destinos, para que aclare cuáles van a ser los efectos inmediatos de esta anulación, si se van a paralizar los concursos de destinos hasta que salga una nueva norma o si bien se seguirán publicando con normalidad y resueltos conforme a la normativa anterior, así como los plazos previstos para los grupos de trabajo que se convoquen para la elaboración de una norma nueva.
VOCALÍA DEL CONSEJO
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