Independientes de la Guardia Civil solicita instrucciones al Director General ante la laguna jurídica.
Independientes de la Guardia Civil (IGC), asociación profesional de guardias civiles, ha puesto en conocimiento del Director General del Instituto Armado, la Orden de Servicio número 1/2019 del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, D. Ángel Luis Ortiz González, de fecha 24 de enero de 2019, sobre infracciones cometidas fuera del establecimiento penitenciario, la cual considera que el ámbito espacial del régimen disciplinario, que castigan conductas acaecidas fuera del establecimiento penitenciario, -traslados, calabozos, unidades de custodia hospitalaria, juzgados-, quedan fuera del régimen de imposición de sanciones disciplinarias a los reclusos. Dicha orden se fundamenta en numerosos Autos de Jueces de Vigilancia Penitenciaria, según manifiesta.
Es por eso que IGC se ha dirigido al Director General de la Guardia Civil, porque los guardias civiles tienen encomendada por ley la función del traslado interurbano de presos en toda España, sin perjuicio de los traslados que se prestan desde el centro penitenciario a hospitales o juzgados, entre otros lugares o establecimientos, surgiendo dudas y preocupaciones ante la comisión por parte de los reclusos, de hechos antes denunciados y sancionados por vía del Centro Penitenciario, que ahora no pueden someterse al juicio de las autoridades de ese orden, ni a su potestad punitiva, por quedar fuera de su ámbito espacial potestativo, o de los fines que con esas medidas disciplinarias se persiguen.
Siendo esto así, los guardias civiles de esta asociación, han preguntado si la forma de proceder es la denuncia de los hechos constitutivos de una supuesta infracción, a través de la Delegación o Subdelegación del Gobierno, por si los mismos tuvieran encaje en alguna de las conductas que la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana sanciona a cualquier ciudadano, e igualmente en caso de poder considerarse los hechos como constitutivos de un delito leve o de mayor gravedad, si habrán de dar cuenta al Juzgado de Instrucción del lugar de donde se hubiera cometido el hecho.
Independientes de la Guardia Civil (IGC), considera que no sería razonable dejar de perseguir, y sancionar de alguna manera, hechos que atentaran contra el guardia civil en cumplimiento de un deber en acto de servicio, aun cuando éstos no alcanzaran el grado de delito de acuerdo con el principio penal de intervención mínima.
Se adjunta la citada orden. (click para descargar)
IGC ha solicitado al Director General que encargue un informe jurídico al departamento correspondiente y disponga u ordene lo necesario, dando las instrucciones que fueran precisas, para que los guardias civiles en caso de ser víctimas, por acciones de los presos en sus traslados, y en el tiempo de su custodia, de alguna infracción administrativa o penal, conozcan las formas de denunciarlo, y a las autoridades que deben dirigir su denuncia.
Independientes de la Guardia Civil (IGC), no pretende que los reclusos reciban más castigos de los que ya están cumpliendo, sino que en caso de que algún recluso atente contra la dignidad o integridad física o moral de los guardias civiles en los traslados a hospitales, juzgados u otros establecimientos penitenciarios, tenga un reproche disciplinario o una respuesta sancionadora, que evite que ante la posible impunidad, se produzcan mayores situaciones de este tipo, o que el propio guardia civil al no encontrar forma de reparación del agravio, mediante una sanción, pierda la confianza en las autoridades y en el sistema jurídico.