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ARCHIVADO EXPEDIENTE AL REPRESENTANTE DE IGC EN GRAN CANARIA, QUE DENUNCIÓ PÚBLICAMENTE EL USO DE UN VEHÍCULO DE LA AGRUPACIÓN DE TRÁFICO POR SU JEFE

26 noviembre, 2018
0
La asociación IGC, de la Guardia Civil, comienza una campaña de denuncias de mandos que abusan del uso de los recursos (El Correo de Madrid)
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EL GENERAL JEFE DE LA AGRUPACIÓN DE TRÁFICO DE LA GUARDIA CIVIL, ARCHIVA EL EXPEDIENTE QUE EL CAPITÁN DE TRÁFICO DE LAS PALMAS, PROVOCÓ POR DENUNCIAR AL GUARDIA CIVIL DE TRÁFICO DE SANTA MARÍA DE GUÍA, DELEGADO DE LA ORGANIZACIÓN PROFESIONAL INDEPENDIENTES DE LA GUARDIA CIVIL (IGC)

Los hechos se remontan al día 5 de Abril de 2018, en el que el Guardia Civil, motorista del Destacamento de la Guardia Civil de Tráfico de Santa María de Guía (Gran Canaria) y representante de la organización profesional IGC, compareció en medios de comunicación provinciales, incluida la televisión autonómica, denunciando que su Jefe utilizaba el vehículo oficial de la Agrupación de Tráfico para trasladarse, acabado el servicio, desde la localidad de su destino a la capital de Las Palmas, donde tiene su residencia autorizada, regresando al día siguiente al trabajo con el mismo vehículo oficial, siendo ese uso particular. Por lo anterior, se desprendía por tanto, que amén de poder ser una infracción disciplinaria, de la suma del total de carburante consumido y del desgaste del vehículo, por el total del tiempo en el que se había hecho uso del mismo, podría llegar a constituir un delito contra la Administración Pública, por cuanto ello constituiría presuntamente una infidelidad del funcionario público que se plasma en la violación del deber jurídico de cuidado y custodia de los bienes que tiene a su cargo, con vulneración de la fe pública o en la confianza de la correcta actuación administrativa; y de otra parte en su dimensión de delito patrimonial en cuanto atenta a los intereses económicos del Estado o contra la Hacienda Pública.

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Los superiores del Jefe del Destacamento de la Guardia Civil de Tráfico de Guía, decidieron no dar una explicación a los hechos denunciados e iniciar una investigación reservada que llevara al esclarecimiento de los mismos, solicitando la apertura de un expediente sancionador al guardia civil denunciante, por una presunta falta grave por quejarse y pedir ante los medios de comunicación social de forma contraria a la disciplina. Se daba la circunstancia además de que el motorista de tráfico de la Guardia Civil es el representante provincial de una organización profesional representativa en el Consejo de la Guardia Civil, concretamente de los Independientes de la Guardia Civil (IGC).

Al guardia civil, supuestamente, se le dijo posteriormente que el vehículo se lo llevaba de Santa María de Guía a Las Palmas, ya que tenía allí autorizada la residencia y ese uso del vehículo, para su transporte, servía para cuando tuviera que salir a vigilar a los motoristas de servicio, teniendo dispuesto el vehículo sin necesidad de desplazarse a la localidad de destino previamente, de tal manera que así podría acudir directamente y ser más eficaz en la vigilancia.

Para Independientes de la Guardia Civil (IGC), esa supuesta autorización del Jefe de la Guardia Civil de Tráfico en Canarias, al Jefe de Santa María de Guía, no tiene encaje alguno en el ordenamiento jurídico, pues solo si su destino fuera otro y estuviera comisionado para prestar servicio en esa localidad, se podría justificar el uso del vehículo oficial para prestar servicio, por lo que se estaría supuestamente ante un supuesto fraude de ley o, a todas luces, en una infracción dolosa, no perseguida de oficio, o por denuncia del representante de la organización profesional IGC.

Independientes de la Guardia Civil (IGC), ha pedido al abogado que ha llevado la defensa del Delegado de IGC en Gran Canaria, que formule querella, no solo contra el supuesto autor de un delito, sino también contra los Jefes que  supuestamente lo autorizan.

El General Jefe de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil considera que la denuncia pública hecha por el representante de la organización profesional de Independientes de la Guardia Civil (IGC), no constituye infracción alguna y está amparada en el derecho a la libertad de expresión y de poder recabar información y hacerla pública, al amparo de la Ley Orgánica de Derechos y Deberes de la Guardia Civil y del texto Constitucional en su artículo 20.

La comparecencia del guardia civil se hizo con la mesura necesaria y sin faltar al respeto, manifiesta el General.

Cita también el General de Tráfico de la Guardia Civil en su resolución, la jurisprudencia constitucional y de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, recogiendo precisamente una sentencia del año 1994 que el Alto Tribunal dio al que ahora es el presidente nacional de IGC, lo que congratula a esta asociación por haber contribuido a lo largo de la historia a la consecución de los derechos fundamentales de la persona, también para los guardias civiles.

Adjuntamos resolución en archivo PDF.

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